A partir del 1 de diciembre de 2010 aplicarán determinados requisitos legales para la comercialización de sustancias y preparados químicos aplicables a fabricantes, importadores, proveedores y usuarios intermedios, entre ellos:
• Deber de notificación a la Agencia Europea adicionalmente a los requisitos REACH
• Conservar determinados registros durante un plazo no inferior a 10 años
• Cumplir requisitos de etiquetado y envasado para sustancias con algunas excepciones según la fecha de comercialización
Se incluyen condiciones específicas para mezclas y en particular para botellas de gases transportables, botellas de gas propano, butano o gases licuados del petróleo y aerosoles, entre otras.
• Deber de notificación a la Agencia Europea adicionalmente a los requisitos REACH
• Conservar determinados registros durante un plazo no inferior a 10 años
• Cumplir requisitos de etiquetado y envasado para sustancias con algunas excepciones según la fecha de comercialización
Se incluyen condiciones específicas para mezclas y en particular para botellas de gases transportables, botellas de gas propano, butano o gases licuados del petróleo y aerosoles, entre otras.
Si necesita asesoramiento legal en este sentido, no dude en contactar:
Virginia Escudero
952 25 83 85
info@agcmedioambiental.com
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